AD UNIVERSIS TERRARUM ORBIS SUMMI ARQUITECTIS GLORIAM
.: SOCIEDAD DE LOS FILOSOFOS INCOGNITOS :.
“LOS
ESTATUTOS DE LOS
FILOSOFOS INCOGNITOS”
Eques
ab Aquila Coronata
Gran
Maestro para Chile de la
Sociedad de los Filósofos Incógnitos
La Sociedad de los Filósofos Incógnitos, tiene
su lejano origen conocido en el año de 1643, fecha que es muy anterior a la
fundación de la Masonería especulativa. Esta última, ha venido, gracias a los “Catecismos
alquímicos” entre otros, a dar el sentido hermético que tienen los innumerables
símbolos que reciben sus iniciados en sus numerosos grados.
Los Filósofos Incógnitos son los descendientes
operativos directos de los antiguos Rosacruces Primitivos, quienes antes de
desaparecer, diseñaron una estructura que sirviera de prolongación a sus
profundos estudios. Los Rosacruces nunca existieron como una institución ni
otorgaban grados, ni menos pergaminos, certificados, cartas patentes etc., pues
su trabajo solo estaba concebido en el silencio y distanciado del mundo
profano. Su misión consistió, entre otros, en constituirse en el puente válido
de la alquimia desde el medio oriente a
occidente. Una vez desaparecidos vienen a congregarse sus herederos y
pasado el tiempo se hacen notar muy levemente a través de Europa con sendos
tratados alquímicos que firman tímidamente como “Filósofos Incógnitos”.
Aumentan progresivamente en número, sin ser muchos tampoco, elaborando una
estructura para dar organización y funcionalidad a la Fraternidad.
Como es sumamente desconocido este particular
trabajo y ante algunas dudas como también confusiones con algunas Ordenes de
invención reciente de finales del siglo XIX y comienzos del XX, es que nos
resulta de sumo interés poner en manos de los estudiosos e investigadores de
nuestras filiaciones iniciáticas, los “Estatutos de los Filósofos Incógnitos”
a fin de que con material de primera mano saquen sus propias conclusiones. Por
otra parte mostrar cuan definitivamente lejos pueden estar algunas
organizaciones que en forma reiterada han buscado cobijarse a la sobra de esta
tan particular Sociedad o Fraternidad. Una cosa es basarse en el material
doctrinario que se pueda encontrar en el medio y con ello constituir y dar un
nombre a algún grado suelto de algún sistema masónico o martinista en una
nomenclatura gigantesca o minúscula de grados, y otra es trabajar en el
interior de una Orden que su misión consiste en hacerlo operativamente tanto en
la docencia, la doctrina y la práctica en cada uno de sus grados.
La
presente publicación de los “Estatutos de los Filósofos Incógnitos” es una traducción
emprendida por nosotros directamente desde el texto e idioma francés antiguo en
que está escrita la obra, “L´Etoile
Flamboyante, ou La Societe Des Franc-Macons Confideree Fous Tous Les Afpects” publicada por el
barón Tschoudy en 1766, Tomo II desde la página 149 a la 178 incluidas ambas.
Hacemos
notar, que 75 años antes que el barón Tschoudy publicara estos “Estatutos”, ya
en el “Tratado del Cosmopolita,
Nuevamente Descubierto, o después de haber dado una idea de una nueva Sociedad
de Filósofos, se explica en varias cartas de este autor la teoría y la práctica
de las Verdades Herméticas”, se habían publicados estos “Estatutos” (a
París Chez Laurent D´Houry, 1691), así, encontramos de la página 3 a la 9 “la
idea de una nueva sociedad de los
filósofos”, luego, de la página 10 a la 40, se encuentran los “Estatutos de los
Filósofos Incógnitos”; luego vienen enseguida de la página 41 a la 224 las
“Cartas de Michel Sendigovius, o de J. J. D. I., comúnmente llamado
Cosmopolita...”
Finalmente
encontramos la primera mención de “Filósofo Incógnitos”, para conocimiento de
nuestros lectores, en “Les Aventures de
Philosophe Inconnu en la Recherche et en L`Invention de la Pierre Philosophale...” (“Las Aventuras del
Filosofo Incógnito en la Investigación y en la Invención de la Piedra Filosofal”),
publicado en 1646, o sea exactamente 120 años antes de la publicación del barón
Tschoudy.
Por
ultimo, queremos si advertir a quienes lean y estudien estos Estatutos, que la
traducción del antiguo francés del siglo XVIII al castellano, ha sido
respetando lo más posible el sentido original que poseen en su lengua madre. De
allí que requieren de bastante atención para ser comprendidos y también
descubrir mediante la semántica del lenguaje, su verdadero significado.
“LOS ESTATUTOS DE LOS FILOSOFOS INCOGNITOS”
Articulo Primero
Los
Asociados pueden ser de todo país.
Esta
compañía no debe estar limitada por una región, una nación, un reino, una
provincia, en una palabra, por un lugar particular; sino ella debe repandirse
por toda la tierra habitable como una religión clara, donde la virtud es
conocida, donde la razón es seguida: pues un bien universal no debe ser
encerrado en un pequeño lugar limitado; al contrario, debe ser llevado a todos
los lugares donde se encuentre a gente propia para recibirlo.
Articulo Segundo
División
en cuerpos particulares
Para que
no haya confusión en una tan vasta
extensión del país, hemos encontrado bueno dividir toda la compañía en
compañías o asambleas, y que estos cuerpos particulares sean de tal manera distribuidas,
que cada uno tenga su lugar definido y su provincia determinada. Por ejemplo,
que cada colonia se encierre en un imperio donde no exista más que un solo
jefe; que cada asamblea se limite a una sola provincia, y no extienda más lejos
que un cantón de país límite. Entonces, si sucede que se presenta una persona
para asociarse con nosotros, que no sea de un país estable, y que se conozca;
que se le obligue a elegir uno, donde se establezca su domicilio, para evitar
que se encuentre al mismo tiempo inscrito en dos colonias o asambleas.
Articulo Tercero
El numero
de los asociados.
Para lo que
es el número de los asociados en cada colonia o asamblea, no es ni fácil ni
útil de prescribirlo por las razones siguientes: la Providencia subvendrá en
ello, ya que es únicamente, en efecto, la gloria, el servicio de Dios, el del
príncipe y del estado, que se ha propuesto por propósitos en toda esta
institución. Lo que se puede decir, en general, es que falta relacionar lo anteriormente indicado a
la prudencia de aquellos que se asociarán, los que según el tiempo, el lugar y las necesidades presentes
admitirán más o menos personas en su cuerpo. Ellos se recordarán solamente que
la verdadera filosofía apenas se acuerda con la multitud de personas, y que así
será siempre más seguro ampararse en un pequeño número. El más antiguo o el
primero de cada colonia, o asamblea, tendrá en su casa el catálogo de todos los
asociados, en el que estarán los nombres y el país de aquellos de su cuerpo,
con la orden de su recepción para las razones que diremos luego.
Articulo Cuarto
Gente de
toda condición y religión pueden ser admitidos.
No es de
ninguna manera necesario que aquellos que se recibirá en la compañía sean todos
de una misma condición, profesión o religión. En ellos será requisito que estén
al menos convencidos de los misterios santos de la religión cristiana, que amen
la virtud, y que tengan el espíritu
propio para la filosofía, de manera que el ateo y el idólatra no puedan ser
admitidos; solamente por una excepción fundada en el respeto de la antigua ley,
el judío podrá, aunque escasamente, participar, con tal que esté dotado además
de las cualidades de un hombre honesto; así entonces, no se tendrá ninguna
consideración para la extracción de las personas: pues no teniendo otro fin que ayudar a los pobres de la república
cristiana, y de dar consuelo a todos los afligidos del género humano, en algún
lugar y de alguna condición que sea; los asociados de un mediocre nacimiento podrán
también tener éxito, como aquellos de una cualidad más elevada. Será entonces
en detrimento de la humanidad que se les rechazaría de nuestro cuerpo, visto
principalmente que estas clases de personas son de ordinario más dados a
practicar las virtudes morales que las que son las constituidas en dignidad. La
mezcla de religiones y de cultos no puede atacar a ninguna, ni perjudicar a la
verdadera, ni elevar contestación o fomentar cisma, por la ley que será
impuesta para jamás conversar sobre materias de este género , y que no es, por
lo demás, probable que el Gran Arquitecto acuerde a ciertos hombres el favor de
conducir a un feliz fin la gran obra de la nuestra filosofía descubre los
principios, si ellos no han antes purgado su corazón de todas suertes de malas
intenciones : sin embargo, la orden no aclarará verdaderamente más que sobre
los misterios de los filósofos los que dejarán de ser ciegos sobre los
misterios de la ley.
Articulo Quinto
Difícilmente
se admitirá a los religiosos.
Aunque sea
indiferente, como acabo de decirlo, de qué condición sean los asociados, es
para desear sin embargo que no se tome para nada o poco entre los religiosos o
gente comprometida con los votos
monásticos, principalmente de esas órdenes que uno llama mendigos, si no está
en una extrema escasez otros temas propios de nuestro instituto. Que la misma
ley sea para los esclavos y todas las personas que estén como consagradas a los
servicios y a las voluntades de los grandes; pues la filosofía demanda de las
personas libres, dueñas de sí mismas, que puedan trabajar cuando les agrade, y
que sin ningún impedimento, puedan emplear su tiempo y sus bienes para
enriquecer la filosofía de sus nuevos descubrimientos.
Articulo Sexto
Escasamente
los Soberanos.
Luego,
entre las personas libres los menos propios para esta suerte de vocación son
los reyes, los príncipes y otros soberanos. Se debe juzgar igual bajo otra
mirada a cierta gente humilde que el nacimiento a puesto, en verdad, un poco
por debajo de lo común, pero que la fortuna deja en un rango inferior; pues, ni
los unos ni los otros no nos son propios, a menos que ciertas virtudes
distinguidas, que brillen en toda su conducta, tanto en público como en
privado, no los salvan de esta excepción. La razón de esto es que apenas se
puede hacer que la ambición no sea la presión dominante de estas clases de
estados: luego, en todas partes donde este desdichado príncipe tiene lugar, no se
actúa mas que por motivos de una cantidad y de una afección por el género
humano.
Articulo Séptimo
Que se
cuide sobre todas las costumbres.
En
general, que nadie de algún estado o
condición que se pretenda entrar en esta compañía, si no es verdaderamente
hombre de bien; sería mucho desear, como ha sido dicho, que fuera profesión del
cristianismo, y que practicara la
virtudes; que tuviera una fe
escrupulosa, una firme esperanza, una ardiente caridad. Son las tres
principales columnas de todo edificio sólido; que fuera un hombre de buen
comercio, honesto en las conversaciones, igual en la adversidad y en la
prosperidad; en fin, en el que no aparezca ninguna mala inclinación, por miedo
que las personas a las que se pretendería ayudar para dicha de los otros, no
sirvieran ellas mismas a su perdida. Que se cuide por sobre todo de gente
entregada al vino o a las mujeres, pues ¿Harpócrates mismo cuidará su libertad
entre los vasos? ¿Y cuando se tratara de
Hermes, se portará bien en medio de las mujeres? Luego, que desorden, que lo
que debe hacer la recompensa de la más alta virtud, llega a ser el precio de un
infame exceso.
Articulo Octavo
Que sea
gente que tiene curiosidad natural.
No es
suficiente que las costumbres sean irreprochables, es preciso además en
nuestros prosélitos un verdadero deseo de penetrar en los secretos de la
química, y de una curiosidad que parezca venir del fondo del alma; de saber, no
solo las falsas recetas de los charlatanes, sino las admirables operaciones de
la ciencia hermética, de miedo que ellos vengan poco a poco a menospreciar un
arte, del que no pueden de un golpe conocer la excelencia. Esto después de todo
solo debe entenderse de esta manera,
desde que un hombre es curioso, y tanto como lo son la mayor parte de
los alquimistas, en seguida se suponen tener lo que es menester para ser
admitido entre nosotros; jamás la curiosidad fue más viva que en aquellos que habiendo
sido prevenidos de falsos principios, dan en las operaciones de una
química filosófica; por otra parte, no
fue nunca más incapaz y más indigno que entrar en el santuario de nuestras
verdades.
Articulo Noveno
El
silencio, condición esencial.
Por
conclusión, que en todas buenas cualidades,
se agrega un silencio incorruptible, e igual a aquél que Harpócrates sabía tan bien guardar; pues,
si un hombre no sabe callarse, y no hablar más que cuando es necesario, jamás
tendrá el carácter de un verdadero y
perfecto filósofo.
Articulo Décimo
Manera
de recibir.
Quien
quiera una vez haya sido admitido en nombre de nuestros elegidos, podrá él
mismo a su vez recibir a otros, y
entonces llegará a ser su patrón. Que él guarda, en la elección que debe hacer,
las reglas precedentes y que no haya nada sin que el patrón, por el cual haya
sido él mismo admitido, sea de ello advertido,
y sin que él consienta.
Articulo Décimo
primero
Formulario
de recepción
Entonces,
si alguien, atraído por la reputación que adquirirá en esta compañía, deseara ser admitido, y si,
para este efecto, él le ligaba a alguno de aquellos que sospecharía estar, éste
comenzará por observar diligentemente las costumbres y el espíritu de su
postulante y lo tendrá durante algún tiempo en suspenso, sin asegurarle nada,
hasta que haya tenido pruebas suficientes de su capacidad, si sólo es su
reputación, fuera bien establecida, que no se tuviera ningún lugar a dudas de
su virtud, y otras cualidades que le son
requeridas. En este caso, el asociado propondrá el asunto a aquel que le había
servido de patrón; él le expondrá claramente, sin disimulo y sin sabor, lo que
habrá reconocido de bien y de mal, en el que demanda; pero ocultándole al mismo
tiempo su persona, su familia, su nombre propio, a menos que el postulante no
consienta en ello y que incluso no venga a pedirlo inflamablemente, instruido
que habrá sido de la defensa expresa, que se tiene sin ello que nombrarlo en la
sociedad; pues es una de las constituciones de los más sabios de la compañía,
que todos aquellos que estarán, no solamente que sean desconocidos a los
extraños, pero que ellos, pero que ellos no se conocen ni siquiera entre ellos,
de donde se les a dado el nombre de “filósofos
incógnitos”. En efecto, si ellos usan esta constante sucederá que todos se
preservarán más fácilmente de la trampas y de las dificultades que se ha
acostumbrado a dirigir a los verdaderos filósofos y particularmente a aquellos
que habrían hecho el cálculo, los que, sin esta precaución, llegarían a convertirse,
quizás por instinto del demonio, en presa de sus propios amigos, y toda la
sociedad correría el riego de verse arruinada en poco tiempo; pero al
contrario, tomando estas medidas, cuando se encontraría entre ella algún
traidor, o alguien, que, sin que hiciese falta, fuera bastante desdichado por
haber sido descubierto; como los otros que, por prudencia han permanecido
reconocidos, no podrán ser denunciados, ni acusados, no podrán igualmente tener
parte en la desdicha de su asociado, y continuará sin temor sus ejercicios. Que
sin después de estas opiniones alguien es bastante imprudente como para hacerse
conocer, que él no se prende más que a sí mismo, si se encuentra mal en la
huida.
Articulo Décimo
segundo
Deberes de
los patrones.
A fin que
el antiguo patrón, que es solicitado por el futuro patrón para dar su
consentimiento para la matrícula de un nuevo prosélito, no lo haga a la ligera,
antes debe hacer preguntas al asociado, por poco que pueda dudar de su
sinceridad, obligarle por juramento a prometerle decir las cosas como ellas
son. Que después de eso, se proponga el asunto a la asamblea; es decir, a
aquellos de entre sus asociados que le serán conocidos, y que se siga sus
opiniones anteriormente expuestas.
Articulo Décimo
tercero
Privilegio
de los jefes.
El jefe o
el más antiguo de una colonia, estará dispensado de la ley citada, de igual
manera con varias cosas de la misma naturaleza. Si sin embargo, ocurriera que el número de los
asociados viniera disminuyendo, se estaría obligado a no hacer más que una
asamblea para toda la colonia; entonces el jefe general perderá su privilegio,
lo que se debe remitir a su propia conciencia. Después de su muerte nadie le sucederá,
hasta que la multitud de los asociados hayan obligado a su subdividirlos en varias
asambleas.
Articulo Décimo
cuarto
Recepción
Todo esto
hecho, y el consentimiento dado en la citada forma, el nuevo postulante será
recibido de la manera que voy a decir:
Primeramente,
se invocará a las luces del Eterno, haciendo celebrar con esta intención una
función pública, religiosa y solemne, en un lugar consagrado, una vez que el
lugar y la religión de este que se debe recibir lo permitan. Si la cosa no se
puede hacer en este tiempo, que se la difiera a otro, según como ordenará aquél
que reciba. En seguida, aquel que va a recibir prometerá guardar
inviolablemente los estatutos citados, y sobre todo que se compromete en un
secreto inviolable, de alguna manera que las cosas puedan desarrollarse si
algún acontecimiento bueno o malo pueda acontecer.
Además
prometerá conservar la fidelidad a las leyes y al soberano, igualmente hacia
sus muchos hermanos asociados, jurando amar siempre a todos aquellos que él vendrá
a conocer como sus propios hermanos. Que en definitiva si nunca se ve en
posesión de la piedra, el se comprometerá, incluso por juramento, si su patrón
lo exige así, (sobre lo que, como en
todas las leyes de la recepción, será necesario tener en consideración la cualidad y el mérito de
los que se recibirá), que él usará según como lo prescriben las constituciones
de la compañía. Después de eso, el que le habrá servido de patrón, al recibir sus promesas, le hará
las suyas a su vez en nombre de toda la sociedad y de los asociados: él le
asegurará su amistad, su fidelidad, su protección, y que ellos guardarán en su
favor todos los estatutos, como acaba de prometer guardarlos a su
consideración; lo que habiendo
terminado, él le dirá muy bajo y a la oreja las palabras de la orden y luego en
lenguaje de los sabios, el nombre de “Magnesia”; es decir, de la verdadera y
única materia de la que se hace la piedra de los filósofos. Será no obstante,
más a propósito darle antes alguna
descripción enigmática, con el propósito de comprometerlo hábilmente en descifrarlo
por él mismo, que si él reconoce que desespera al llevarlo a cabo, el patrón le
animará, ayudándole poco a poco, pero de
tal manera que sea de él mismo que descubra el misterio.
Articulo Décimo
quinto
Del nombre
del asociado.
El nuevo
hermano asociado tomará el nombre cabalístico, y si se puede hacer cómodamente, sacado por
anagrama de su propio nombre, o de los nombres de alguno de los antiguos
filósofos; él lo declarará a su patrón, para que lo inscriba a la brevedad en
el catálogo o diario de la sociedad; lo que será hecho por alguno de los
antiguos, que tendrá cuidado de hacerlo saber, tanto al jefe general de cada
colonia como al jefe particular de cada asamblea.
Articulo Décimo
sexto
Del
escrito que el nuevo hermano debe a su patrón.
Además de
lo que ha sido dicho, si el patrón juzga que sea oportuno, exigirá, para
comprometer más estrechamente al nuevo asociado, una cédula escrita por su mano
y suscrita con su nombre cabalístico,
que hará fe de la manera que las cosas han pasado, y del juramento que
ha hecho; recíprocamente el nuevo hermano asociado podrá también obligar a su
patrón a darle para valer como certificado, su signo y nombre cabalístico al
pie de uno de los ejemplares de estos estatutos, por el que testimoniará a
todos los de la compañía que él lo ha asociado en su nombre.
Articulo Décimo
séptimo
Escritos
necesarios que el nuevo asociado debe recibir.
Cuando el
tiempo lo permita, se dará la libertad al nuevo hermano transcribir los
estatutos presentes, al igual que el cuadro de
los signo y caracteres cabalísticos, que sirven al arte con su
interpolación, para que cuando por azar él se encuentre con alguien de la
compañía, él pueda reconocerlo y ser reconocido, haciéndose las interrogaciones
mutuas sobre la explicación de estos caracteres. En fin, él podrá tomar también
la lista de los nombres cabalísticos de los asociados, que su patrón le
comunicará ocultándole sus nombres propios, si él los supiera.
Por lo que
respecta a nuestros otros escritos particulares que el patrón podría tener en
su casa, o a su disposición por algún otro medio, aún
estará obligado a hacerlos ver y procurar a su nuevo hermano, todos a la vez, o
por parte, según como él lo estime y juzgue. Sin embargo, sin jamás mezclar
nada falso o que sea contrario a nuestra doctrina; pues un filósofo puede
disimular bien por un tiempo, pero no le está permitido equivocarse nunca. El Patrón
no estará sujeto a hacer estas clases de
comunicaciones o más ampliamente o más rápido de lo que él estime; además, él
ni siquiera podrá comunicar nada que él no haya percibido del nuevo hermano la
tasa del tributo impuesto para entrar a la mesa común de la compañía, y que no le haya además probado sobre todos los puntos y
reconocido exacto observador de los estatutos, por miedo que este nuevo
asociado no venga a separarse del cuerpo y descubrir de los misterios que deben
ser particulares y ocultos. En cuanto a las luces que habrá tomado en otra
parte, estará libre de ocultarlo o de dar parte a su elección.
Articulo Décimo
octavo
Deberes
del nuevo asociado.
Ahora queda
por exhortar al nuevo asociado a aplicarse con cuidado, sea a la lectura de
nuestros libros y de los de los otros filósofos aprobados, solo en privado o en
compañía de algunos de sus hermanos; sea a ponerse él mismo en práctica, sin la
que toda especulación es incierta.
Que él se
tome el trabajo de guardarse sobre todo del tedio que acompaña la extensión del
trabajo, y que una impaciencia por tener una cosa que espera desde hace tan
largo tiempo, no lo agarre. El debe consolarse con lo que todos los hermanos
asociados trabajan para él, como también él debe trabajar para ellos, sin que
él saque parte de sus descubrimientos; fundado en lo que el reposo y la ciencia
perfecta son el fin y la recompensa del trabajo, como la gloria lo es en los combates cuando el cielo bien quiere
sernos propicio; y con lo que en definitiva la pereza y la relajación no son
seguidos más que de ignorancia y errores.
Articulo
Décimo noveno
Aniversario de la Recepción.
Todos los
años en día parecido a la Recepción, a menos que no se haya convenido en un día
común para todos, todo asociado, si es católico romano, ofrecerá a Dios el
santo sacrificio, en acciones de gracias y para obtener del Eterno el don de la
ciencia y de luces. Todo cristiano, en general o todo otro de alguna secta que
pueda ser, hará igual cosa a su manera: que si se olvidase de hacerlo, sin
embargo no se debe tener escrúpulo; pues este reglamento no es más que de
consejo y no de precepto.
Articulo Vigésimo
Que no se
mezcle nada de sofisticación.
Que se abstengan
de toda operación sofística sobre los metales de ciertas especies que puedan ser.
Que no se tenga ningún comercio con
todos los charlatanes y dadores de recetas; pues no hay nada más indigno de un
filósofo cristiano que investigue la verdad, y que quiere ayudar a sus hermanos
como para hacer procesión de un arte que no va más que al equívoco.
Articulo Vigésimo
primero
Se puede
trabajar en la química común.
Será
permitido a aquellos que aún no tienen la experiencia de las cosas que se hacen
por el fuego, y que ignoran por consecuencia el arte de destilar a ocuparse de
hacer estas operaciones sobre los minerales, vegetales y animales, y de
intentar, incluso, purificar los metales ya que es una cosa que nos es algunas
veces necesario; pero que jamás se les mezcle unos con otros, menos aún de
ocupar esta aleación; porque es una cosa mala, y que nosotros defendemos
principalmente a nuestros hermanos y asociados.
Articulo Vigésimo
segundo
Se puede
desengañar de aquellos que se encuentran con un mal camino.
Se podrá
algunas veces, ir a los laboratorios de química vulgar, con tal que aquellos
que trabajan allí, no estén con mala reputación; como también encontrarse en
las asambleas de esta misma gente, razonar con ellos y si se juzga que ellos
están equivocados, esforzarse de hacérselas percibir, al menos por argumentos
negativos sacados de nuestros escritos; y el todo, si se puede por un puro
espíritu de caridad y con modestia, a fin que no se haga gastos locos, pero en
estas ocasiones, que se recuerde no hablar demasiado, pues basta con impedir
que el ciego caiga al precipicio y volver a ponerlo en buen camino; no se está
obligado a servirle de guía en la huída: lejos de ello, sería algunas veces
hacer mal, sobre todo si se reconociera que la luz del espíritu le falta y que
no sabe de casos de la virtud.
Articulo Vigésimo
tercero
Se pueda
dar ganas de entrar en la sociedad.
Que si
entra, aquellos que se mezclan con la química, se encuentre algún hombre
honesto que tenga reputación, que ame la sabiduría y la probidad y que se
ligara a la ciencia hermética, por curiosidad y no por avaricia; no habrá
peligro con entretenerlo en las cosas que se practican en nuestra sociedad y
con las costumbres de nuestros más ilustres asociados; a fin de que alguien
fuere llamado del cielo y destinado para este empleo, le pareciera por tal
ocasión venir en pensamiento a hacerse de los nuestros y llenar su destino. En
estas conversaciones, sin embargo, no se declarará asociado, hasta que se haya
reconocido en esta persona las cualidades de las que hemos hablado, y que se
haya tomado opinión y consentimiento de su patrón; pues de otra manera seria
arriesgar a perder el título de filósofo incógnito, lo que esta contra nuestros
estatutos.
Articulo Vigésimo
cuarto
Verse de
cuando en cuando
Aquellos
hermanos que se conocerán, de alguna manera que eso ocurriera, y en alguna
colonia o asamblea que ellos estén, podrán juntarse y reunirse en conjunto,
para conferir, cuando y tantas veces, que ellos lo encontrarán a propósito, y
en cierto lugares y días asignados. Allí se conversará de las cosas que miran
la sociedad: se hablará de las lecturas particulares que se habrá hecho, de sus
meditaciones y operaciones, para aprender uno de otros, tanto en esta materia
como en toda otra ciencia. El todo será seguido, tanto como se podrá hacer, con una comida en común
a condición que nada ocurra contra la sociedad, y que viviendo juntos, sea en
los albergues u otros lugares donde ellos tomarán sus banquetes, ellos dejarán
allí siempre una gran estima por ellos y por su conducta: luego, aunque estas
asambleas puedan ser de gran utilidad, no se importe por tanto ninguna
obligación.
Articulo Vigésimo
quinto
Mantener
correspondencia.
Estará
también permitido tener comunicación por cartas unos con otros, de manera
ordinaria con tal que jamás se ponga por escrito el nombre y la naturaleza, del
asunto esencial que debe ser oculto. Los asociados no subscribirán estas cartas
de ninguna otra manera que con sus nombres cabalísticos; al dorso será necesario
poner el mismo, y en seguida agregar un sobre el cual se escribirá la
dirección, sirviéndose del nombre propio de la persona a la que se escribe. Si
se teme que estas cartas sean interceptadas, se ocupará cifras o caracteres
hieroglíficos o palabras alegóricas.
Este
intercambio de cartas puede extenderse hasta aquellos asociados que estén en
los lugares más alejados del mundo, ayudándose para ello con sus patrones, hasta que se haya recibido las
aclaraciones de las que se pueda tener necesidad, sobre las dificultades que
nacen en nuestras investigaciones filosóficas.
Articulo Vigésimo
sexto
Manera de
corregirse.
Si se viene
a remarcar que alguno de los asociados no guarda las reglas que acabamos de prescribir, o que sus costumbres
no sean tan irreprochables como nosotros lo deseamos, el primer asociado, y
sobre todo su patrón, le advertirá con modestia y caridad, y aquél que sea así
advertido, estará obligado a escuchar estas opiniones de buena gracia y con
mucha docilidad: si no fuera así, no es preciso que de un golpe prohibirle todo
trato con los otros, pero solo se le denunciará a todos los hermanos que se
conocerá en su asamblea o colonia, a fin que, en el futuro, se esté bajo
reserva con él, y que no se tenga la misma apertura que antes. Es necesario,
sin embargo, conducirse con sabiduría, por miedo que al darse cuenta que se le
quiere alejar, él no perjudique a los otros: pero que jamás se le haga parte de
la piedra.
Articulo Vigésimo
séptimo
Aquel que
haya hecho la obra hará saber.
Si alguno
de los hermanos es bastante dichoso para conducir la obra a su perfección,
primeramente, él hará saber esto, no de una manera que hemos prescrito las
letras precedentes, sino por una carta
sin día y sin fecha, y si se puede,
escribir con una mano disfrazada, que dirigirá a todos los jefes y
antiguos de las colonias, para que aquellos que no podrán ver a este asociado
afortunado, estén excitados por la esperanza de una dicha semejante y animados
por ello a no causarse trabajo que ellos habrán tomado. Estará libre, al que posea este gran tesoro,
de elegir entre los asociados, tanto conocidos como desconocidos que quieran
hacer parte de lo que él ha descubierto: de otra manera se vería obligado a
dársela a todos, incluso a los que la sociedad no tiene aún la obligación; a lo
que se expondría, así como a toda la compañía, a muy graves peligros.
Articulo Vigésimo
octavo
El hará
parte al respecto a los que vendrán a su
encuentro.
Se obligará
sobre todo a este dichoso asociado por un decreto que mantendrá más inviolablemente
que los otros, a hacer parte de lo que haya encontrado, primero a su propio
patrón, a menos que él no sea indigno para ello, enseguida a todos los otros
hermanos conocidos o desconocidos, que vendrán a encontrarlo, con tal que ellos
hagan conocer que ellos ha mantenido exactamente todos los reglamentos; que
ellos han trabajado sin descanso; que son gente secreta e incapaces de hacer
jamás mal uso de la gracia que se les acordará. En efecto, como sería injusto
que cada uno conspirara en la utilidad pública, si cada particular no faltara
en tiempo y lugar su reconocimiento; igualmente, sería completamente poco
razonable de volver participante de una tan grande dicha a los traidores, los
cobardes y a aquellos que temen poner
mano a la obra.
Articulo Vigésimo
noveno
Manera de
hacer esta comunicación.
El método
para comunicar este secreto, será dejado
enteramente a su disposición, de aquel que lo posee; de manera que le
será libre, de dar una pequeña porción del polvo que habrá hecho o de explicar
claramente su procedimiento, o solo
ayudar con sus consejos los de sus compañeros que sabrá trabajar para hacerlo.
Lo más oportuno será servirse de este último método; para que tanto como se
pueda, cada uno no se deba más que a sí mismo, y a su propia industria de un
tan gran tesoro. En cuanto a aquellos
que, por un camino parecido, se encontraran enriquecidos, no tendrán el poder
de usar esto respecto de sus otros hermanos, ni siquiera de su propio patrón,
si ellos no han, al menos, pedido el permiso con anterioridad a aquel que
les haya instruido; pues el secreto es
el menor reconocimiento que le deben y este incluso no lo permitirá fácilmente,
sino que solo a aquellos que él encontrará digno.
Articulo Trigésimo
Del empleo
que al respecto deben ser hechos.
En fin, el
uso y el empleo de un tan precioso tesoro debe ser reglado de la manera más
digna, un tercio será consagrado al Eterno para construir nuevas iglesias, para
reparar las antiguas, para hacer
fundaciones públicas y otras obras piadosas; otro tercio será para distribuirlo
a los pobres, a las personas oprimidas y a los afligidos de alguna manera que
ellas lo estén; en fin, la última parte quedará al profesor, de la que él podrá
usar a su libertad, ayudar a sus parientes y sus amigos de tal manera que él no contribuya a alimentar
la ambición de ellos, sino solo como sea necesario para que ellos glorifiquen al Gran Arquitecto del universo, que lo sirvan
cono a su patria, y que ellos hagan en paz su salvación. Que se recuerde que en
un repentino cambio de fortuna, escasamente se hace mantener la moderación; e
incluso que hasta en las limosnas que se da a los pobres, si no se les da más
que por vanidad, se puede encontrar la ocasión de perderse.
Fin de los Estatutos y Reglas de la
Sociedad Cabalística de los Filósofos
Desconocidos.
N. B. Sería muy fácil, al acercar a cada uno de los
artículos de esta confederación con los que son convenidos con los reglamentos
generales de la Fran-Masonería, hacer ver la paridad más sugerida, y probar que
en efecto como ha sido dicho, los estatutos de los masones parecen haber sido
calcados de los Filósofos, de donde se concluiría con bastante verosimilitud,
que el objeto y físico es quizás el objeto esencial de nuestra asociación
primera; pero esta verdad es una de aquellas que es necesario sólo dejar percibir al lector sin prejuicio; así
no haremos ningún esfuerzo para dar crédito
de ello y pasaremos sin intervalo en el catecismo instructivo de los
Filósofos, tal como ha sido anunciado en la introducción.
TSCHOUDY
Disposición del Templo de los Filósofos Desconocid